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¿No crees que debes asegurar tus puntos del carné de conducir?.

Ahora, hasta los mejores conductores pueden perder puntos.
Desde que el día  19 de julio de 2005 en la que se regulaba el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modificaba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,  un buen número de “buenos” conductores ha perdido su permiso de conducir:

Según la D.G.T. Desde la  puesta en marcha de la Ley, el 3% de los conductores (7.855) han perdido ya todos sus puntos y un 3,2 % está en trámite de perderlos. Hasta septiembre de 2009 los españoles habían perdido 4.808.622 puntos.

Las implicaciones de la nueva ley de seguridad vial, conllevan:

  • Un aumento del número de infracciones y  una mayor gravedad de las mismas.
  • Más retiradas del permiso de conducir.
  • Un aumento considerable de los períodos de revocación del carné.
  • Un control más efectivo de los antecedentes de los conductores.

Estadísticas de la compañía ARAG, indican que el 10 % de las sanciones implican pérdida de puntos y que las causas son las siguientes:

  • Por alcoholemia y similares, el 10 %
  • Por exceso de velocidad, el 42 %
  • Uso del teléfono móvil,  el 12 %
  • Por conducir sin cinturón ni casco, el 9 %
  • Resto, el 27 %

Partimos de 8 puntos para los conductores noveles y 12 para los veteranos. En 2009,  los conductores no sancionados desde que se publicó la ley hemos recibido dos puntos adicionales, con lo que disponemos de 14 puntos y recibiremos dentro de tres años 1 punto adicional, si no se nos sanciona hasta entonces.

Pero… una distracción la tiene cualquiera. Piensa por un momento en la última vez que te mereciste una sanción y, afortunadamente, no había allí quien pudiera sancionarte.

Todos nos acordamos de la alcoholemia, pero que pasa si, por ejemplo:
  • Tiramos a la vía una colilla u otro objeto susceptible de causar un incendio o un accidente.
  • 4 puntos
  • Excedemos entre 20 y 30 Km. por hora la velocidad permitida.
  • 2 puntos
  • No cedemos el paso, nos saltamos un stop o pasamos un semáforo en rojo.
  • 4 puntos
  • Hablamos por el móvil o llevamos puestos los auriculares de nuestro mp3.
  • 3 puntos
  • Aparcamos en un cruce o intersección o tras un cambio  de rasante.
  • 2 puntos
  • Vamos sin el cinturón abrochado o, en el caso de ciclomotores y motocicletas, sin el casco.
  • 3 puntos
  • Paramos o estacionamos en el carril bus.
  • 2 puntos

Cosas tan sencillas como estas las hemos hecho alguna vez.

Conscientes de esa nueva necesidad de protección, proponemos a nuestros clientes la contratación de un seguro específico denominado subsidio por pérdida de permiso de conducir -popularmente llamado de retirada de carné-, con la compañía ARAG, líder  en defensa jurídica y con unas condiciones de contratación excepcionales.

El seguro de privación de permiso de conducir te garantiza:

  • Una ayuda mensual si te retiran el permiso de conducir temporalmente o si te lo revocan.
  • Una ayuda para pagar los cursos que tienes que hacer para recuperar tu permiso.
  • Ofrece la mejor defensa jurídica para defenderte y reclamar tus derechos.

Puedes descargarte el folleto aquí.

Desde la página de la Dirección General de Trafico se puede consultar con detalle o rápidamente las diferentes peculiaridades de las sanciones que conllevan la retirada del carnet y su correspondencia en puntos. (Ver) También puedes ver  tu saldo de puntos aquí
Descubre ARAG Carnet por Puntos el nuevo seguro de ARAG que cubre todos tus puntos.

 

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Nº Registro DGSFP: J-165. Concertados Seguros de Responsabilidad Civil y Caución según Art.27 Ley 26/2006. NIF: B-25028366.
Registro Mercantil de Lleida: Folio 115/Libro 225/Sección 4ª/Hoja 2.679/Inscripción 1ª

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