Son objeto de cobertura de este seguro, los documentos pertenecientes a cualquier archivo y en cualquier formato, siempre que puedan ser considerados esenciales, históricos o artísticos, declarados en póliza, durante su estancia en la situación de riesgo indicada en la misma. En las ocasiones en que sea necesario y previa aceptación por la aseguradora, se podrá cubrir su traslado y estancia en exposiciones debidamente protegidas, o para su restauración o reencuadernación
Este seguro tiene por objeto cubrir las pérdidas sufridas por el Asegurado por los daños materiales causados directamente a los bienes declarados, en la modalidad de Todo Riesgo; es decir, se garantiza todo aquello que no está específicamente excluido
La cobertura de la póliza se establece en Valor Declarado y sin aplicación de franquicia (excepto las establecidas por el Consorcio de Compensación de Seguros, para sus coberturas).
Ventajas
Un seguro adaptado a las necesidades de los Archivos Documentales, que custodian la Documentación Esencial e Histórica, con amplias coberturas, y a una tasa de prima competitiva
La posibilidad de dar cobertura a los documentos asegurados en casos de traslado temporal para su exposición, restauración, consulta, etc., siempre que se reúnan condiciones iguales, similares o mejores de seguridad y protección, a las declaradas en la póliza.
Tranquilidad para las personas responsables de los archivos que saben que dispondrán de recursos económicos para reconstruirlos si se dañasen.
SABER MÁS
Cláusulas especiales.
Cláusulas de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios acaecidos en España.
Cláusulas de Depreciación o pérdida de valor.
Cláusulas de Recompra.
Cláusulas de Procesos.
Coberturas opcionales
Opcionalmente, se pueden cubrir los daños sufridos por los continentes y/o protecciones (cristales y marcos), siempre se se establezca en póliza y los gastos para la aminoración de daños
Limitación de cobertura.
No quedan cubiertos por este seguro los daños ocurridos a los bienes asegurados cuando éstos se encuentren sometidos a un proceso de limpieza, restauración, digitalización y/o análogos, y dichos daños sean consecuencia directa del mismo, así como la utilización y manipulación de dichos objetos.
Nº Registro DGSFP: J-165. Concertados Seguros de Responsabilidad Civil y Caución según Art.27 Ley 26/2006. NIF: B-25028366.
Registro Mercantil de Lleida: Folio 115/Libro 225/Sección 4ª/Hoja 2.679/Inscripción 1ª