El suicidio y la incapacidad permanente absoluta causada voluntariamente por el asegurado durante el primer año de la vigencia de la póliza. Sucesos ocurridos por descenso en paracaídas, no exigidos por la situación del aparato. Reacción o radiación nuclear y/o contaminación radiactiva, causada directa o indirectamente. Navegación submarina o en viajes de exploración. Los daños derivados de conflictos armados, catástrofes naturales y actos delictivos del asegurado.
Las consecuencias de accidentes o enfermedades originados con anterioridad a la entrada en vigor de este contrato. |