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¿Debo ser el propietario de los equipos para poderlos asegurar?
No, no es necesario, puede asegurar los equipos fotográficos si es el responsable de los mismos, siempre y cuando los incluya en la solicitud de seguro (ver)
¿Este seguro es lo mismo que la garantía del fabricante?
No. El seguro cubre daños producidos desde el exterior: incendio, robo, caída, choque o colisión, etc. Los daños internos que se derivan de vicio propio, defecto latente, defecto o avería mecánica o estructural, uso o desgaste, deterioro paulatino, deterioro debido a ambiente húmedo o seco, extremos o cambios de temperatura, contracción, evaporación, oxidación, etc. no quedarán cubiertos, a no ser que la causa de cualquiera de estos daños sea un riesgo no excluido. Es decir, si se oxida un equipo a causa de una inundación, sí que estará incluido, pues es un hecho externo.
Una curiosidad: no obstante lo dicho no quedan cubiertos los daños ocasionados en los equipos fotográficos directamente ocasionados por Insectos o roedores.
¿Qué se considera y qué no se considera un equipo fotográfico?
Se considera equipo fotográfico además de cámaras, objetivos, flashes, trípodes, mochilas, etc., también discos duros, ordenadores y demás objetos que estén debidamente detallados en la solicitud de seguro y en el cerificado de póliza.
No se aseguran, y por tanto quedan excluidos: Negativos, cintas de vídeo o similar, accesorios, decorado o vestuario.
¿Puedo asegurar también, filtros, parasoles, paraguas, si no disponen de nº de serie?
Sí si se detallan adecuadamente. En estos elementos se aceptará su descripción aunque no se disponga de número de serie.
¿Puedo asegurar mi equipo fotográfico fuera de España?
Sí, puede hacerlo, ampliando la cobertura de forma temporal o permanente, para el resto de la Comunidad Europea o para el resto del mundo, mediante una solicitud de la ampliación.
Qué pasa si debo viajar a un país excluido, ¿No puedo asegurar mi equipo?
Dependerá del país del que se trate. Podría asegurarse excluyendo alguna cobertura concreta o aumentando la franquicia establecida como general.
¿Está asegurado el hurto del equipo fotográfico? Esta asegurado tanto el robo como la expoliación y también el hurto, siempre y cuando no se trate de una desaparición misteriosa.
Y si pierdo o me roban el equipo fotográfico, ¿Qué pasa con las fotos que había en él?
La pérdida del reportaje no se incluye en este seguro. Si desea obtener cobertura para ese evento deberá contratar nuestra póliza de responsabilidad civil de fotógrafos En exclusiva para fotógrafos asociados a FEPFI a través de esta correduría.
¿Cuándo puedo asegurar mi equipo fotográfico?
En cualquier momento, únicamente cumplimentando la solicitud de seguro (ver), y una vez que sea aceptada la cobertura por el asegurador.
¿Puedo asegurar mi equipo de fotografía submarina?
Sí, pero con otras condiciones de cobertura y precio. A consultar.
Si practico fotografía durante la participación en deportes de aventura, ¿Quedarán asegurados los equipos?
Las actividades peligrosas están excluidas del seguro. En caso de practicar alguna actividad peligrosa deberá consultar su cobertura.
¿Si durante el año adquiero más equipo, debo declararlo?
No es necesario declarar equipos nuevos de valor inferior al 10 % del total capital asegurado salvo que esos nuevos equipos sean de un importe superior a 1.500 euros, ya que la compañía da cobertura automática hasta ese límite. Sin embargo, a final de la anualidad deberá declararlos.
Si por el contrario, durante el año adquiere equipos por un valor superior a ese porcentaje e importe, deberá declararlo inmediatamente. La prima correspondiente a esa modificación (alta o baja) se regularizará al vencimiento de la póliza
¿Debo asegurar todo mi equipo fotográfico?
No necesariamente. Usted puede elegir qué equipos asegura y qué equipos no desea asegurar. Pero teniendo en cuenta que la prima mínima de este contrato es, en cualquier caso, de 250 euros+ impuestos+ consorcio. Puede asegurar equipos, aparatos y accesorios fotográficos, tales como cámaras, equipos de cámara, equipo de sonido y alumbrado, equipo eléctrico y generadores portátiles y equipo similar. No se aseguran, y por tanto quedan excluidos: Negativos, cintas de vídeo o similar, accesorios, decorado o vestuario.
Y si ya tengo asegurados los equipos en el domicilio profesional, pero me interesa éste seguro, ¿Qué debo hacer?
Puede solicitar a su actual compañía que le excluya los equipos y le “extorne” la prima correspondiente a la reducción de capital asegurado.
Y si ya tengo asegurados los equipos durante su transporte, pero quiero ampliar la cobertura a todo riesgo, ¿Qué debo hacer?
Solicitarnos la póliza indicando esa circunstancia, y le descontaremos la prima no consumida hasta el vencimiento de aquella. A vencimiento deberá anular la póliza de transporte de equipos contratada.
¿Puedo asegurar los equipos de iluminación?
Sí, si son necesarios para su actividad de fotógrafo y el conjunto no es desproporcionado con respecto al equipo fotográfico a asegurar.
¿Puedo asegurar la cámara de video?
Sí, puede hacerlo en las mismas condiciones que los equipos fotográficos.
¿Estará asegurado mi ordenador portátil?
Sí, si así se indica en el cuestionario-solicitud de seguro
Si he adquirido mi equipo fotográfico en otro país, ¿Puedo asegurarlo?
Si, puede hacerlo, siempre que pueda presentar un justificante o factura de la adquisición.
Si, ocasionalmente, salgo fuera de España, ¿Puedo ampliar el seguro al país a donde me dirijo?
Sí, puede hacerlo, cumplimentando el cuestionario solicitud correspondiente y pagar la prima suplementaria que corresponda; siempre que el país al que se dirige no esté excluido por la aseguradora
Si tengo asegurado el equipo con cobertura nacional y por trabajo me traslado a otro país por un largo periodo de tiempo. ¿Podré mantener el seguro mientras viva en ese país?
Sí, puede hacerlo, siempre que el domicilio del asegurado permanezca en España.
¿Qué capital debo asegurar?
El capital asegurado debe coincidir con el valor de reposición a nuevo de los equipos a asegurar.
¿Debo asegurar el I.V.A.?
Sólo en el caso de que no haga la declaración de IVA, mod. 303
¿Que ocurre si los equipos sustraídos o dañados ya no se fabrican o no pueden reponerse?
Que la aseguradora indemnizará el valor de otros similares o de iguales prestaciones que el sustraído o dañado.
¿Qué ocurre si tras el siniestro decido no reponer equipo al disponer de otro para su uso?,
Que la aseguradora indemnizará por el Valor Real, es decir, por el valor de reposición del equipo una vez deducida la depreciación debida a la antigüedad del mismo.
¿Qué ocurre si tras el siniestro decido adquirir un equipo mejor?
Que la aseguradora se limitará a abonar el importe de la sustitución por un equipo de iguales o parecidas características al desaparecido o dañado.
¿Cómo puedo saber el coste del seguro de equipos fotográficos?
Muy sencillo, puede acceder al tarificador clicando (aquí)
¿Qué debo hacer si me roban el equipo fotográfico?
Denunciarlo a la autoridad competente lo más pronto posible y trasladándonos una copia de esa denuncia mediante fax 973237128 o e-mail: siniestros@urquiabas.com. Nosotros gestionaremos con la compañía cualquier siniestro recibido.
¿Debo aportar a la compañía aseguradora la factura de mi equipo fotográfico en caso de robo o daños?
Si, debe presentar la factura original, la correspondiente a la de reposición y en el caso de robo denuncia ante la autoridad competente. |