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de equipos fotográficos
Todo Riesgo
de equipos fotográficos

Todo Riesgo de Equipos Fotográficos

Descripción

Este seguro cubre la pérdida, daño o destrucción de los equipos fotográficos asegurados en Póliza, por cualquier causa distinta a las exclusiones establecidas.

Los equipos pueden asegurarse en varias situaciones:

  • Únicamente dentro del domicilio asegurado
  • En toda España
  • En toda Europa
  • En todo el Mundo (salvo ciertos países)

El seguro es anual renovable, aunque pueden hacerse pólizas y suplementos temporales para viajes a Europa o el resto del mundo.

Saber Mas
¿Que cubre este seguro?

Este seguro cubre la pérdida, daño o destrucción los equipos fotográficos asegurados en Póliza, por cualquier causa distinta a las exclusiones establecidas. Sólo a modo enunciativo, pero no limitativo, se cubren los daños ocasionados por:

  • Incendio y Explosión.
  • Daños materiales por accidente.
  • Daños materiales por manipulación, incluida la caída al suelo de los equipos (la manipulación para reparación y mantenimiento no esta incluida)
  • Desaparición:
    • Robo. Se debe interpretar como el Robo debidamente probado, es decir con fractura de cierres o cerraduras forzadas. En vehículos desatendidos el seguro tiene limitaciones al Robo. (Véase Condicionado General)
    • Expoliación: Es el Atraco, es decir el Robo por la fuerza o con intimidación.
    • Hurto: Es la sustracción sin uso de la fuerza a las personas o las cosas. No se cubrirá cuando a criterio de la compañía aseguradora haya indicios de desaparición misteriosa. La denuncia del Robo (Hurto) debe responder claramente a las preguntas ¿Cómo? ¿Cuándo? Y ¿Dónde? se ha producido el siniestro.
    • Pérdidas del equipo facturado como equipaje en los aeropuertos.
    • Daños o pérdidas de los equipos a bordo de embarcaciones o aeronaves.
  • Daños a los equipos en vehículos. En vehículos desatendidos el seguro tiene limitaciones al Robo. (Véase Condicionado General)
  • Actos vandálicos.
  • Riesgos de la naturaleza fuera de España. En España los Riesgos de la Naturaleza denominados “Riesgos Extraordinarios” quedan amparados por el Consorcio de Compensación de Seguros que cubre además el terrorismo.

Ámbito geográfico: Los equipos pueden asegurarse, únicamente en su ubicación habitual (estudio, domicilio particular, comercio) o fuera del mismo: en cualquier parte de España y, si así se desea, puede ampliarse la cobertura a Europa o al resto del mundo (existen restricciones para determinados países)

Ámbito temporal: el seguro es anual renovable, aunque pueden hacerse pólizas y suplementos temporales para viajes a Europa o resto del mundo.
¿Quién puede asegurarse?

Todo fotógrafo profesional, o aficionado experimentado, con residencia habitual en España. Si además es asociado de la F.E.P.F.I., tendrá un descuento adicional de un 15%

¿Cómo se valoran los equipos fotográficos?

La valoración de los Bienes Asegurados, en caso de Siniestro, se efectuará de la siguiente forma:
En caso de pérdida o destrucción del Bien Asegurado, la base de la valoración será efectuada a Valor de Reposición. Si el equipo no se reemplaza o repara, la base de valoración será efectuada a Valor Real.
En caso de daño causado al Bien Asegurado, la base de la valoración será efectuada a Valor de Reposición.

¿Se aplica algún tipo de franquícia?

Hay una franquícia general por siniestro de 300 €. En el caso de que el daño ocurra en vehículos desantedidos, la franquícia es de 600 €

¿Qué se excluye de éste seguro?

Entre otras causas (ver Condiciones Generales, clicando aquí):

  • Dentro del local o estudio fotográfico:
    • Quedan excluidos los Daños eléctricos por cortocircuito o sobretensiones (asegurables mediante sobreprima)
  • En vehículos desatendidos: Las coberturas de Robo y Hurto tienen limitada la indemnización en caso de siniestro a:
    • 6.000 € si el vehículo no tiene alarma
    • 12.000 € si tiene alarma y la conecta al dejar el vehículo estacionado.
  • En siniestros de hurto:
    • El Hurto queda garantizado siempre y cuando no haya indicios de desaparición misteriosa entendiendo mala fe del asegurado al hacer desaparecer su equipo voluntariamente.
  • Las actividades peligrosas tales como: tomas aéreas; deportes o actividades de riesgo, y similares actividades a consultar que podrían cubrirse en condiciones especiales.
  • La pérdida de, destrucción de o daño a cualquier bien que se encuentre desatendido entre las 21:00 horas y las 6:00 horas salvo que tales bienes sean guardados en un lugar debidamente cerrado y bloqueado cuando no se encuentren en su domicilio habitual.
¿Cuánto cuesta éste seguro?

El precio del seguro está en función del valor del equipo a asegurar y de la cobertura geográfica elegida; de modo que cuanto mayor es el valor de los equipos y mayor es el ámbito geográfico de cobertura, mayor es el precio del seguro. Puede haber alguna modificación en función del tipo de fotógrafo de que se trate y de las protecciones de que se dispone allí donde se guarden los equipos y, en cualquier caso, nunca será inferior a 250 euros + impuestos + consorcio.

Si el asegurado pertenece a alguna de las asociaciones de FEPFI, tendrá en todos los casos un descuento del 15% sobre la prima, pero sin que ésta pueda ser inferior a la mínima establecida de 250 euros.

Clique aquí para ver un ejemplo: o aquí para acceder a nuestro tarificador
¿Cómo puedo contratar el seguro de equipos fotográficos?
  • Tarifique usted mismo su seguro mediante nuestro tarificador (ver). A medida que se detallan los equipos, su valor y el ámbito en el que desea asegurarlo se irá calculando la prima neta - que nunca será inferior a 250 €- a la que se añadirán automáticamente los impuestos repercutibles... Una vez hecho esto imprima la hoja.
  • Cumplimente el cuestionario-solicitud que figura en la Web (clique aquí)
  • Eenvíenos por e-mail o fax:
    • Copia de su tarificación con el listado detallado de los equipos a asegurar.
    • la solicitud-cuestionario.
  • Nosotros trasladaremos a la aseguradora su solicitud para su aprobación.
  • En el plazo de 3 días le indicaremos si su solicitud ha sido aprobada y el precio definitivo de la póliza
  • Usted, nos confirma la petición por e-mail indicándonos su domiciliación bancaria.
  • Le remitiremos por e-mail el certificado de seguro, para su revisión.
  • Unos días después le cargaremos en la cuenta el importe del seguro.
Preguntas frecuentes

¿Debo ser el propietario de los equipos para poderlos asegurar?
No, no es necesario, puede asegurar los equipos fotográficos si es el responsable de los mismos, siempre y cuando los incluya en la solicitud de seguro (ver)

¿Este seguro es lo mismo que la garantía del fabricante?
No. El seguro cubre daños producidos desde el exterior: incendio, robo, caída, choque o colisión, etc. Los daños internos que se derivan de vicio propio, defecto latente, defecto o avería mecánica o estructural, uso o desgaste, deterioro paulatino, deterioro debido a ambiente húmedo o seco, extremos o cambios de temperatura, contracción, evaporación, oxidación, etc. no quedarán cubiertos, a no ser que la causa de cualquiera de estos daños sea un riesgo no excluido. Es decir, si se oxida un equipo a causa de una inundación, sí que estará incluido, pues es un hecho externo.
Una curiosidad: no obstante lo dicho no quedan cubiertos los daños  ocasionados en los equipos fotográficos directamente ocasionados por Insectos o roedores.

¿Qué se considera y qué no se considera un equipo fotográfico?
Se considera equipo fotográfico además de cámaras, objetivos, flashes, trípodes, mochilas, etc., también discos duros, ordenadores y demás objetos que estén debidamente detallados en la solicitud de seguro y en el cerificado de póliza.
No se aseguran, y por tanto quedan excluidos: Negativos, cintas de vídeo o similar, accesorios, decorado o vestuario.

¿Puedo asegurar también, filtros, parasoles, paraguas, si no disponen de nº de serie?
Sí si se detallan adecuadamente. En estos elementos se aceptará su descripción aunque no se disponga de número de serie.

¿Puedo asegurar mi equipo fotográfico fuera de España?
Sí, puede hacerlo, ampliando la cobertura de forma temporal o permanente, para el resto de la Comunidad Europea o para el resto del mundo, mediante una solicitud de la ampliación.

Qué pasa si debo viajar a un país excluido, ¿No puedo asegurar mi equipo?
Dependerá del país del que se trate. Podría asegurarse excluyendo alguna cobertura concreta o aumentando la franquicia establecida como general.

¿Está asegurado el hurto del equipo fotográfico?
Esta asegurado tanto el robo como la expoliación y también el hurto, siempre y cuando no se trate de una desaparición misteriosa.

Y si pierdo o me roban el equipo fotográfico, ¿Qué pasa con las fotos que había en él?
La pérdida del reportaje no se incluye en este seguro. Si desea obtener cobertura para ese evento deberá contratar nuestra póliza de responsabilidad civil de fotógrafos En exclusiva para fotógrafos asociados a FEPFI a través de esta correduría.

¿Cuándo puedo asegurar mi equipo fotográfico?
En cualquier momento, únicamente  cumplimentando la solicitud de seguro (ver), y una vez que sea aceptada la cobertura por el asegurador.

¿Puedo asegurar mi equipo de fotografía submarina?
Sí, pero con otras condiciones de cobertura y precio. A consultar.

Si practico fotografía durante la participación en deportes de aventura, ¿Quedarán asegurados los equipos?
Las actividades peligrosas están excluidas del seguro. En caso de practicar alguna actividad peligrosa deberá consultar su cobertura.

¿Si durante el año adquiero más equipo, debo declararlo?
No es necesario declarar equipos nuevos de valor inferior al 10 % del total capital asegurado salvo que esos nuevos equipos sean de un importe superior a 1.500 euros, ya que la compañía da cobertura automática hasta ese límite. Sin embargo, a final de la anualidad deberá declararlos.
Si por el contrario, durante el año adquiere equipos por un valor superior a ese porcentaje e importe, deberá declararlo inmediatamente. La prima correspondiente a esa modificación (alta o baja) se regularizará al vencimiento de la póliza

¿Debo asegurar todo mi equipo fotográfico?
No necesariamente. Usted puede elegir qué equipos asegura y qué equipos no desea asegurar. Pero teniendo en cuenta que la prima mínima de este contrato es, en cualquier caso, de 250 euros+ impuestos+ consorcio. Puede asegurar equipos, aparatos y accesorios fotográficos, tales como cámaras, equipos de cámara, equipo de sonido y alumbrado, equipo eléctrico y generadores portátiles y equipo similar. No se aseguran, y por tanto quedan excluidos: Negativos, cintas de vídeo o similar, accesorios, decorado o vestuario.

Y si ya tengo asegurados los equipos en el domicilio profesional, pero me interesa éste seguro, ¿Qué debo hacer?
Puede solicitar a su actual compañía que le excluya los equipos y le “extorne” la prima correspondiente a la reducción de capital asegurado.

Y si ya tengo asegurados los equipos durante su transporte, pero quiero ampliar la cobertura a todo riesgo, ¿Qué debo hacer?
Solicitarnos la póliza indicando esa circunstancia, y le descontaremos la prima no consumida hasta el vencimiento de aquella. A vencimiento deberá anular la póliza de transporte de equipos contratada.

¿Puedo asegurar los equipos de iluminación?
Sí, si son necesarios para su actividad de fotógrafo y el conjunto no es desproporcionado con respecto al equipo fotográfico a asegurar.

¿Puedo asegurar la cámara de video?
Sí, puede hacerlo en las mismas condiciones que los equipos fotográficos.

¿Estará asegurado mi ordenador portátil?
Sí, si así se indica en el cuestionario-solicitud de seguro

Si he adquirido mi equipo fotográfico en otro país, ¿Puedo asegurarlo?
Si, puede hacerlo, siempre que pueda presentar un justificante o factura de la adquisición.

Si, ocasionalmente, salgo fuera de España, ¿Puedo ampliar el seguro al país a donde me dirijo?
Sí, puede hacerlo, cumplimentando el cuestionario solicitud correspondiente y pagar la prima suplementaria que corresponda; siempre que el país al que se dirige no esté excluido por la aseguradora

Si tengo asegurado el equipo con cobertura nacional y por trabajo me traslado a otro país por un largo periodo de tiempo. ¿Podré mantener el seguro mientras viva en ese país?
Sí, puede hacerlo, siempre que el domicilio del asegurado permanezca en España.

¿Qué capital debo asegurar?
El capital asegurado debe coincidir con el valor de reposición a nuevo de los equipos a asegurar.  

¿Debo asegurar el I.V.A.?
Sólo en el caso de que no haga la declaración de IVA, mod. 303

¿Que ocurre si los equipos sustraídos o dañados ya no se fabrican o no pueden reponerse?
Que la aseguradora indemnizará el valor de otros similares o de iguales prestaciones que el sustraído o dañado.

¿Qué ocurre si tras el siniestro decido no reponer equipo al disponer de otro para su uso?,
Que la aseguradora indemnizará por el Valor Real, es decir, por el valor de reposición del equipo una vez deducida la depreciación debida a la antigüedad del mismo.

¿Qué ocurre si tras el siniestro decido adquirir un equipo mejor?
Que la aseguradora se limitará a abonar el importe de la sustitución por un equipo de iguales o parecidas características al desaparecido o dañado.

¿Cómo puedo saber el coste del seguro de equipos fotográficos?
Muy sencillo, puede acceder al tarificador clicando (aquí)

¿Qué debo hacer si me roban el equipo fotográfico?
Denunciarlo a la autoridad competente lo más pronto posible y trasladándonos una copia de esa denuncia mediante fax 973237128 o e-mail: siniestros@urquiabas.com. Nosotros gestionaremos con la compañía cualquier siniestro recibido.

¿Debo aportar a la compañía aseguradora la factura de mi equipo fotográfico en caso de robo o daños?
Si, debe presentar la factura original, la correspondiente a la de  reposición y en el caso de robo denuncia ante la autoridad competente.

Consejos útiles

Tener un seguro está muy bien, pero siempre es preferible evitar que ocurran cosas que pueden ocasionarnos daños en nuestros bienes. Para ello es aconsejable prevenir, y para prevenir hay que saber como evitar que ciertas cosas nos pasen. Porque al final acaban sucediendo.

Por eso nos permitimos darle algunos consejos tales como:

  • Disponer de extintores en el local o domicilio donde se guardan los equipos, cumpliendo además con la normativa vigente.
  • No pierda el equipo de vista. Hay muchos amigos de lo ajeno que estarán dispuestos a venderlo por muy poco dinero ¡a ellos no les habrá costado nada!
  • Cuando conecte los equipos a la red eléctrica procure no dejarlos conectados indefinidamente.
  • Mantenga el equipo fotográfico dentro de mochilas o maletas de calidad.
  • Guarde todas las facturas de los equipos fotográficos en un sitio de fácil acceso, por si las necesita.
  • Exija siempre un resguardo cuando deposite su equipo en hoteles, etc.
  • Adquiera materiales de calidad. “Una cadena por fuerte que sea es tan débil como el más débil de sus eslabones”.

Para que el seguro responda perfectamente en caso de siniestro usted debe tener ciertas precauciones como por ejemplo:

  • No dejar los equipos fotográficos a la vista dentro del vehículo, especialmente si lo dejamos desatendido (es motivo de exclusión por parte de la aseguradora)
  • Si dispone de alarma en el vehículo o en el domicilio, déjela siempre conectada en su ausencia. Al final, nos relajamos y acaba pasando aquello de: ¡si solo he salido fuera veinte minutos! En vehículos estacionados sin alarma, el robo se reduce a 6.000 euros, mientras que con alarma es de 12.000 euros.
  • En el caso de que comparta el local con otros profesionales, guarde su equipo en un armario cerrado con llave.
  • Los daños eléctricos no están cubiertos, salvo que abone el recargo de un 10 % que se establece en el tarificador. En cualquier caso es aconsejable disponer de estabilizadores de corriente o S.A.I.

En caso de siniestro:
Comunicar el acaecimiento del Siniestro a la Compañía Aseguradora inmediatamente después de haberlo conocido, a través de la correduría.

  • Conserve los restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse.
  • Adopte cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños.
  • La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos extraordinarios.
  • Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, debe llamarnos al teléfono 973727072 y aclararemos sus dudas.
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